miércoles, 13 de marzo de 2013

Reglamentación medio ambiental abre una puerta a la participación ciudadana en Chile


La Superintendencia del Medio Ambiente publicó los decretos que aprueban el reglamento del Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA) y los registros públicos y de sanciones.
 PAULINA MACHADO HACE 12 MINUTOS
Los programas de cumplimiento son desarrollados para asegurar que los procesos, llevados a cabo por distintas instancias, empresas e instituciones, estén siendo llevados a cabo bajo todos los parámetros exigidos por la ley. En este caso la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha publicado en el diario oficial "las disposiciones para que la comunidad regulada pueda presentar autodenuncias, programas de cumplimiento y planes de reparación, incluyendo los criterios para aprobar estas medidas", se expresa en la web oficial.
Dichas disposiciones están detalladas en los decretos N° 30 y N° 31. El primero establece los reglamentos para la presentación de los programas de cumplimiento, la denuncia ciudadana y la reparación.  El segundo describe la labor a realizar por el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).
"Ya que nuestro fin es que se cumpla la normativa ambiental y, de esta forma, se logra que un infractor ponga fin a los efectos negativos que pueda estar causando", explicó Juan Carlos Monckeberg, superintendente (s) del Medio Ambiente. Ezio Costa, director ejecutivo de la Fiscalía del Medio Ambiente (FIMA), agrega que este punto es "mucho más efectivo que la fiscalización, en cuanto las reglas sean claras y que, por lo tanto, generen la confianza necesaria, sin ser laxas".
Lo positivo de esta nueva reglamentación es que promueve la participación ciudadana y a la vez ofrece incentivos a las empresas y organizaciones que se quieran recuperar después de haber sido amonestados con una infracción y reconfigurar sus acciones en cuanto a impacto ambiental.

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